ORGANIZATIVA

Organigrama

El organigrama del Instituto Volcanológico de Canarias (INVOLCAN) se puede encontrar AQUÍ

Estructura orgánica. Órganos de Gobierno, de Dirección o de administración. Competencias y funciones

Miembros del Consejo de Administración y La Junta General:

  • PEDRO MANUEL MARTÍN DOMINGUEZ. Presidente.

  • JAVIER RODRÍGUEZ MEDINA. Vocal.

  • ELENA RODRÍGUEZ HENRÍQUEZ. Vocal.

  • EDUARDO BALLESTEROS RUIZ-BENÍTEZ DE LUGO. Vocal.

  • MARINA WANGÜEMERT PEREZ. Secretaria no consejera.

Nombrados en Consejo de Administración celebrado el 12 de diciembre de 2022.

Funciones:

Con carácter solidario e indistinto:

1.- Representar a la Sociedad en los negocios, contratos, actos y operaciones y ante toda clase de personas o entidades, y compañías de servicios, suministros y transportes, y contratar sobre bienes muebles y derechos, mediante los pactos y condiciones que estime convenientes. Comprar y vender mercaderías, maquinaria y, en general, bienes muebles. Concurrir a subastas y concursos oficiales y particulares, formular proposiciones y aceptar adjudicaciones provisionales y definitivas; firmar facturas, pólizas, conocimientos, guías, solicitudes y declaraciones juradas; contratar fletamentos, y en general contraer obligaciones con una limitación máxima por operación de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €); Autorizar con su firma la correspondencia social y demás documentación que precise tal requisito.

2.- Llevar la firma y actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de operaciones bancarias disponiendo de las cuentas abiertas a nombre de la sociedad, interviniendo y firmando cheques, letras de cambio, pagares y otros títulos como librador, aceptante, endosante, endosatario o tenedor de las mismas, constituir y retirar depósitos en metálico y valores, hacer transferencias de fondos, rentas, créditos o valores, y cancelarlos, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero; concertar préstamos y créditos; aprobar saldos de cuentas finiquitas, constituir y retirar depósitos o fianzas, compensar cuentas, formalizar cambios, etc., todo ello tanto con el Banco de España, Banca Oficial y Cajas de Ahorro, como con entidades bancarias privadas o cualesquiera Organismos de la Administración del Estado, Autonomías y Municipios, y con una limitación máxima por documento, contrato u operación de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €).

3.- Presentar declaraciones, seguir y concluir los procedimientos de declaración de cualesquiera impuestos, tasas o tributos frente a cualquier Administración Tributaria, ya sea estatal, autonómica o local, y a tal fin puedan firmar cuantas instanciase impresos Sean necesario y, en su caso, proceder a su liquidación o solicitud devolución, sin limitación de cantidad. Solicitar exenciones, subvenciones, bonificaciones y desgravaciones fiscales y devolución de ingresos indebidos.

4.- Presentar cuantas instancias e impresos estén directamente relacionados con el cumplimiento de las obligaciones de la Compañía frente a la Seguridad Social, incluyéndo, sin limitación, los correspondientes boletines de cotización, escritos, recursos, así como cuanta documentación esté relacionada con los procedimientos de altas y bajas frente a la Seguridad Social, y en su caso, proceder a las liquidaciones pertinentes, sin limitación de cantidad.

5.- Representar a la Sociedad en todos los asuntos y actos administrativos y judiciales, mercantiles y penales, ante la Administración del Estado y Corporaciones Públicas de todo orden, así como ante cualquier jurisdicción ordinaria, administrativa, especial, laboral, etc., y en cualquier instancia, ejerciendo toda clase de acciones que le correspondan en defensa de su derecho, en juicio y fuera de el, incluso absolver posiciones, comparecer como demandante, demandado o testigo, transigir derechos y acciones, sometiendo su decisión, si así lo estima, al juicio de árbitros o de amigables componedores. Comparecer ante Jueces, Magistraturas, Tribunales, Corporaciones del Estado, Provincia y Municipio, Organismos de todas clases, Comunidades Autónomas y Gobiernos Regionales; estando facultado, para interponer y ejercitar todas sus acciones, derechos y excepciones, en la forma, asunto y por el procedimiento que estime, iniciándolos y siguiéndolos por todos sus trámites hasta su terminación e interponer los recursos pertinentes, incluso de casación y revisión; asistir con voz y voto a las Juntas que se celebren en suspensiones de pagos, quiebras y concursos de acreedores, aprobar e impugnar créditos y su graduación, aceptar o rechazar proposiciones del deudor; nombrar y aceptar cargos Sindicos y Administradores y designar Vocales de organismos de conciliación, cobrar cantidades adeudadas a la sociedad, transigir en procedimientos judiciales. Ejecutar cuanto las Leyes consientan a las partes en el procedimiento de que se trate, así como desistir de este y de los recursos; practicar toda clase de requerimientos, con o sin intervención notarial, pudiendo conferir poderes generales para pleitos, con las facultades especiales en cada caso, en favor de Abogados, Procuradores y de otras personas.

6.- Aprobar e impugnar cuentas; efectuar pagos y cobros por cualquier título hasta un límite de SESENTA MIL EUROS (60.000,00 €), incluso hacer efectivos libramientos del Estado, Comunidades Autónomas, Organismos Autónomos, Provincia y Municipio; retirar de las oficinas de comunicaciones, cartas, certificados, despachos, paquetes, giros y valores declarados, y de las empresas de transportes, Aduanas y agencias, géneros y efectos remitidos; hacer protestas y reclamaciones, dejes de cuenta y abandono de mercancías; llevar los libros comerciales con arreglo a la Ley; levantar protestas de avería; contratar, modificar, rescatar, pignorar, rescindir y liquidar seguros de todas clases, pagar las primas y percibir de las entidades aseguradoras las indemnizaciones a que hubiere lugar.

7.- Nombrar, destinar y despedir todo el personal de la Sociedad, factores, señalar sus funciones, retribuciones, sueldos y demás gratificaciones que procedan, todo ello en relación con el personal que perciba un máximo de retribución anual bruta de CUARENTA MIL EUROS (40.000,00 €).

8.- Otorgar y firmar cuantos documentos públicos y privados sean congruentes con las facultades que aquí se delegan y que deberán siempre ser interpretadas con la mayor amplitud.

9.- Elevar a instrumento público cualquier tipo de acuerdos sociales de conformidad con lo establecido en el artículo 108 del Reglamento del Registro Mercantil

10.- Efectuar el nombramiento de los directores de proyectos y obras, así como a los coordinadores de seguridad y salud. Aprobar los planes de seguridad y salud así como sus anexos.

Con carácter mancomunado y conjunto.

1.- Representar a la Sociedad en los negocios, contratos, actos y operaciones y ante toda clase de personas o entidades, y compañías de servicios, suministros y transportes, y contratar sobre bienes muebles y derechos, mediante 10s pactos y condiciones que estime convenientes. Comprar y vender mercaderías, maquinaria y, en general, bienes muebles. Concurrir a subastas y concursos oficiales y particulares, formular proposiciones y aceptar adjudicaciones provisionales y definitivas; firmar facturas, pólizas, conocimientos, guías, solicitudes y declaraciones juradas; contratar fletamentos, y en general contraer obligaciones con una limitación máxima por operación de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000 €).

2.- Llevar la firma y actuar en nombre de la Sociedad en toda clase de operaciones bancarias abriendo, siguiendo y cancelando cuentas corrientes, pólizas de préstamo, de crédito, de arrendamiento financiero en nombre de la sociedad, interviniendo y firmando cheques, letras de cambio, pagares y otros títulos como librador, aceptante, endosante, endosatario o tenedor de las mismas; afianzar toda clase de operaciones mercantiles; constituir y retirar depósitos en metálico y valores; hacer transferencias de fondos, rentas, créditos o valores, y cancelarlos, usando cualquier procedimiento de giro o movimiento de dinero; concertar préstamos y créditos; aprobar saldos de cuentas finiquitas, constituir y retirar depósitos o fianzas, compensar cuentas, formalizar cambios, etc. todo ello tanto con el Banco de España, Banca Oficial y Cajas de Ahorro, como con entidades bancarias privadas o cualesquiera Organismos de la Administración del Estado, Autonomías y Municipios, y, en general, realizar toda clase de operaciones bancarias con una limitación máxima por documento, contrato u operación de UN MILLÓN DE EUROS (1.000.000,00 €)

3.- Contratar y despedir personal y señalar sus funciones, retribuciones, sueldos y demás gratificaciones que procedan sin limitación de cantidad.

Conferir poder tan amplio, como en derecho convenga, para solicitar, descargar, instalar, renovar, suspender, revocar y utilizar cualesquiera certificados de firma electrónica emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda o por otros prestadores de servicios de certificación, tanto los certificados expresados en las leyes, como cualesquiera otros de los emitidos por la citada Fábrica Nacional y otros prestadores de servicios de certificación electrónica, incluidos, pero no limitados, a certificados de persona física, de representante de persona jurídica, de representante de entidad sin personalidad jurídica, de dispositivo móvil, de servidor, de componentes, de firma de código, de personal al servicio de las administraciones públicas, de sede electrónica, de sello electrónico para la actuación administrativa automatizada y cualesquiera otros certificados electrónicos que pudieran surgir con posterioridad de conformidad con el estado de la técnica.

La solicitud del certificado de firma electrónica podrá realizarse ante las oficinas de registro de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o ante otras oficinas de registro delegadas de órganos, organismos o entidades que ejerzan funciones públicas, así como ante las oficinas o registros que designen los prestadores de servicios de certificación.

Las actividades comprendidas anteriormente a realizar por cuenta del poderdante comprenderá la utilización del certificado de firma electrónica ante: la Administración General del Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y sus Organismos Públicos, Sociedades, Mancomunidades, Consorcios o cualesquiera otros entes con o sin personalidad jurídica vinculados o dependientes de las anteriores, incluyendo la administración institucional, territorial o periférica y órganos reguladores; también realizar trámites ante Oficinas y Funcionarios Públicos de cualquier administración, Registros Públicos, Agencias Tributarias, Tribunales Económicos-Administrativos, de Competencia o de Cuentas, Notarías, Colegios Profesionales, Sindicatos, Autoridades Eclesiásticas, Organismos de la UE e internacionales, Órganos Jurisdiccionales, Fiscalías, Juntas y Jurados, Juntas Arbitrales, Cámaras de Comercio, Órganos Constitucionales y cualesquiera otros órganos, agencias, entes u organismos de cualquier administración y demás entidades creadas y por crear, en cualquiera de sus ramas, dependencias o servicios de cualesquiera administraciones nacionales, de la UE o internacionales; asimismo podrá actuar ante personas físicas, jurídicas, entidades, sociedades y comunidades con y sin personalidad jurídica, organismos, agrupaciones, asociaciones, fundaciones, Ong’s y demás entes de derecho privado previstos en el ordenamiento jurídico español, de la UE e internacionales, para la realización, vía electrónica mediante la utilización del certificado de firma electrónica del poderdante y por su cuenta, de las facultades incluidas en la presente escritura de apoderamiento.

Perfil y trayectoria profesional de los/las responsables de los diferentes órganos

 

Licenciado en Psicología por la Universidad Central de Barcelona, fue en 1995 el alcalde más joven de Canarias por el Partido Socialista Canario (PSC-PSOE), con 29 años. Desde joven estuvo implicado en temas sociales, tales como la movilización para conseguir el primer instituto de bachillerato de Guía de Isora en la década de los 80 y en la Universidad Central de Barcelona tuvo varios cargos de representación, tanto en su facultad como en la Junta de Gobierno de dicha institución. Posteriormente realizó prácticas durante un año en el Ayuntamiento de Barcelona en el área de Servicios Sociales y entre 19911995 fue técnico responsable de la Concejalía de Asuntos Sociales del Ayuntamiento de Adeje.

El 24 de julio de 2019, Pedro Martín se convirtió en presidente del Cabildo de Tenerife sucediendo a Carlos Enrique Alonso Rodríguez (CC) en función de un pacto entre PSC-PSOE, C’s y Sí Podemos.

  • Consejera Apoderada: María Elena Rodríguez Henríquez

María Elena Rodríguez Henríquez, licenciada en derecho por la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), Máster en derecho de las Telecomunicaciones, Protección de datos, Audiovisual y Sociedad de la Información por la Universidad Carlos III de Madrid. Especializada en derecho mercantil y societario, concretamente en operaciones de reestructuración de empresas, ejerciendo su actividad profesional como experta en la materia en despachos de abogados internacionales. Actualmente consejera delegado del Instituto Tecnológico y de Energías Renovables (Iter).

  • Consejero: Javier Rodríguez Medina

Javier Rodríguez Medina es ingeniero. Ha sido director insular de Seguridad del Cabildo de Tenerife. Ingeniero técnico de Obras Públicas y máster universitario en Sistemas de Ingeniería Civil. Ha trabajado dentro del departamento de Negocios Internacionales en empresas de transporte.

  • Consejero: Eduardo Ballesteros Ruíz Benítez de Lugo

Licenciado en Derecho en el año 2006, por la Universidad Autónoma de Madrid y Máster en Derecho Público y Urbanismo en el 2007, en la Universidad CEU San Pablo en Madrid.
Desde el año 2007 hasta el 2013 trabajó en un despacho de abogados especializado en Derecho Público, incorporándose en el Departamento Jurídico del Grupo ITER y como Secretario No Consejero de algunas sociedades dependientes de ITER en el 2007.

  • Secretaria: Marina Wanguëmert Pérez, 
     

Licenciada en Derecho por la Universidad de La Laguna (ULL) en el año 1989. Especializada en la rama del Derecho Privado, desde el año 1995 hasta 2021 ha prestado sus servicios profesionales en una importante empresa del sector industrial canario. En septiembre de 2021, y tras el correspondiente proceso de selección, se incorpora al Departamento Jurídico de ITER, siendo nombrada Secretaria no Consejera de algunas de las Sociedades del Grupo ITER en el mismo año 2021.

Personas adscritas a cada órgano

 

  • PRESIDENTE: Pedro Manuel Martín Domínguez
  • JAVIER RODRÍGUEZ MEDINA. Vocal.
  • EDUARDO BALLESTEROS RUIZ-BENÍTEZ DE LUGO. Vocal.
  • ELENA RODRÍGUEZ HENRÍQUEZ. Vocal
  • MARINA WANGÜEMERT PEREZ. Secretaria no consejera.

Nombrados en Consejo de Administración celebrado el 12 de diciembre de 2022.

Creación, modificación, participación y extinción de la entidad

Creación: 

Modificación:

  • No se han producido modificaciones en la entidad en el ejercicio 2021

Participación:

  • No se han producido modificaciones en la entidad en el ejercicio 2021

Extinción: 

  • No se ha producido la extinción de la entidad en el ejercicio 2021

 

Capital social

El capital social es la cifra de SESENTA MIL DOSCIENTOS EUROS (60.200,00€), representado por 602 acciones nominativas, todas ellas de una misma clase y serie, de 100 EUROS de valor nominal cada una, numeradas del 1 al 602, ambos inclusive, totalmente suscritas por el Instituto Tecnológico y de Energías Renovables, S.A.

Última actualización 23/01/2023